Dos alumnos de la Región de Murcia obtienen el premio nacional de formación profesional
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
4590 Resolución de 4 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso 2013/2014.
La Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio («Boletín Oficial del Estado», en adelante BOE, del 28), crea y regula los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En cumplimiento de lo dispuesto en su artículo segundo, se convocaron los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior, correspondientes al curso 2013/2014, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, de 19 de octubre de 2015 (BOE de 25 de noviembre).
Realizada la selección de premiados, de acuerdo con lo establecido en los apartados sexto y séptimo de la Resolución de la convocatoria y vista la propuesta de concesión formulada por el órgano instructor, según el acta de 16 de marzo de 2016, he resuelto:
Primero.
Adjudicar los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso 2013/2014, a los veintiséis alumnos que figuran relacionados en el anexo.
Segundo.
Cada alumno premiado recibirá 1.200 euros que se harán efectivos con cargo al crédito 18.04.324M.489.04, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, lo que supone un importe total de 31.200 euros, así como un diploma acreditativo de la concesión del premio, que será anotado en su expediente académico.
Tercero.
Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá potestativamente recurrir en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 4 de mayo de 2016.–El Secretario de Estado de Educación, Formación
Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director
General de Evaluación y Cooperación Territorial, Jose Luis Blanco López.