Información General
La Formación Profesional Dual en modalidad intensiva es una opción formativa que combina la enseñanza en el centro educativo con una estancia formativa en una empresa u organismo equiparado, promoviendo la implicación del tejido productivo y mejorando la empleabilidad del alumnado. Esta modalidad supone un avance respecto a la tradicional Formación en Centros de Trabajo (400 horas), al incorporar una estancia en empresa de entre 700 y 1000 horas, que debe representar más del 35% de la duración total del ciclo formativo, según lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se regula la ordenación del sistema de Formación Profesional.
Las empresas colaboradoras formalizan su participación mediante un convenio con la Consejería de Educación y Formación Profesional, gestionado por la dirección del centro educativo. Este convenio incluye los correspondientes planes de formación, donde se detallan las tareas a realizar, el calendario y el horario del alumnado tanto en la empresa u organismo equiparado como en el centro educativo. Los centros educativos son responsables de tramitar toda la documentación.
En la Región de Murcia, la Formación Profesional en modalidad intensiva se desarrolla mediante un modelo de beca formativa, por el cual las empresas u organismos equiparados abonan al alumnado una cantidad equivalente al 80% del IPREM. Este sistema estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028.
Dado que se trata de prácticas formativas remuneradas, la empresa que concede la beca es la responsable de dar de alta al alumnado en la Seguridad Social. Esta alta se realiza bajo el código de cotización 9939, que corresponde a becarios en prácticas remuneradas, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Además, desde el 1 de agosto de 2024, esta cotización cuenta con una bonificación del 95%.



Orientaciones relativas a la generación de los programas formativos en la modalidad intensiva
- Se deben realizar dos programas formativos, uno para el primer curso, y otro para segundo. El de primero debe tener al menos 160 horas, y el de 2º un mínimo de 340. Entre ambos deben sumar entre 700 y 1.000 horas.
- A la hora de elaborar cada uno de los planes de formación, se debe alcanzar al menos el 30% de los resultados de aprendizaje.
Obligaciones para las empresas
En el momento en que una empresa manifieste interés en participar en la FEM en modalidad intensiva acogiendo en sus instalaciones a uno o varios alumnos, se le informará de las obligaciones derivadas de ello que son:
- Becar a los alumnos con el 80% del IPREM mensual del año en curso. Esta modalidad basada en la beca se podrá mantener hasta el 31 de diciembre de 2028. A partir de entonces las prácticas formativas remuneradas se deberán establecer en el marco del contrato de formación recogido por la legislación laboral.
- En el caso en que los alumnos asistan la jornada completa (40 horas/semana) será de 480€ durante 2026.
- Dar de alta en la Seguridad Social a los alumnos, conforme a lo establecido en el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, (BOE nº 65 de 17 de marzo). El código de cotización 9939 está bonificado al 95%.
- Nombrar tutor/es pertenecientes al personal de la empresa que se ocupe de la formación del alumnado. Estos tutores realizarán el seguimiento del alumno en la empresa para cumplir el programa formativo acordado y se comunicarán con el tutor del centro educativo regularmente y para comunicar incidencias.
- Para la selección del alumnado, la empresa podrá llevar a cabo los procesos que considere oportunos.
Documentación
Documentación necesaria para la FEM en modalidad intensiva:
- Convenio. Se trata de un modelo de convenio entre la consejería o el centro educativo (si es un centro privado) y la empresa, firmado por el director del centro educativo y el representante legal.
- Si no existía uno previo, será preciso crearlo y firmarlo. Cuando la empresa no se encuentre en la base de datos de la aplicación de FCT , será necesario introducirla para crear el convenio. Una vez generado y firmado el documento, se escanea y se sube a la aplicación de FCT.
- La vigencia del convenio será de cuatro años, y tendrá validez para todos los ciclos formativos que se impartan en ese centro educativo en la modalidad intensiva.
- La empresa dispondrá de una copia del convenio firmado por los implicados para que pueda comenzar a dar de alta al alumnado en la Seguridad Social y otros trámites pertinentes.
- Anexo I. En este documento se especifica el alumnado que va a realizar la formación en la empresa, bajo las condiciones expuestas en el convenio. Ha de ir firmado por el director del centro educativo y por el representante de la empresa. Cada plan de formación va asociado a un anexo I.
- Programa formativo del alumno o Anexo II.En él se especifican los resultados de aprendizaje que se van a dualizar, las actividades que el alumno va a realizar, el horario que va a tener en la empresa, etc. Se cumplimenta una vez que se dispone del convenio con la empresa. No obstante, es preciso tener en cuenta varios aspectos a la hora de crearlo:
- Hay que realizar dos programas formativos, uno de primero y otro de 2º curso. El de primer curso debe tener un mínimo de 160 horas, y el de 2º un mínimo de 340. Entre ambos se debe alcanzar el intervalo de 700-1.000 horas.
- Para poder desarrollar la formación en la empresa, se dispone del segundo y tercer trimestre del primer curso, los meses de julio (en ambos cursos), el segundo curso completo incluido septiembre. Los meses no lectivos podrán ser dispuestos para la formación en la empresa, siempre y cuando exista un compromiso fehaciente del tutor del centro educativo para continuar el seguimiento del alumnado en esos periodos.
- El número de horas máximo para desarrollar las prácticas en la empresa es de 40 horas/semana, siempre y cuando no existan periodos lectivos en el centro educativo. No obstante, cuando se da alternancia con el centro educativo, se pueden incluir 30 horas de asistencia al centro educativo (descontando los recreos serían 27,5 horas efectivas de clase) y 12 a la empresa.
- Serán los tutores de centro y de empresa los encargados de planificar el calendario que más se adecúe tanto a la empresa como al alumno, con el fin de que pueda desarrollar su formación de forma adecuada.
- El tutor de centro y los cotutores de los distintos módulos elaborarán el plan de formación, decidiendo que RA se van a desarrollar en la empresa, qué actividades podrá realizar allí, etc.
- El programa formativo de los alumnos menores de edaddeberá ir firmado por el padre, madre o tutores legales.
- En el caso de la FP de Grado Básico, deberá solicitar permiso especial para que el alumnado pueda desarrollar la FEM en modalidad intensiva. Dicho procedimiento se lleva a cabo en la aplicación de FCT.
- El mes de agosto no se puede utilizar para el desarrollo de prácticas del alumno en la empresa.
- Declaración de confidencialidad.Permite que el alumno se comprometa a guardar confidencialidad de datos de la empresa/entidad en que desarrolla la formación dual. Este documento no se encuentra disponible en la plataforma, de modo que lo debe imprimir y firmar.
- Informe de Evaluación del alumno.
- Justificación paro(Anexo XI). Este documento lo firma el director del centro educativo para informar que un alumno está realizando FP dual, que son prácticas curriculares y que no implica una relación laboral para que el alumnado que esté recibiendo una prestación por desempleo pueda presentarlo. Este documento no se encuentra disponible en la plataforma, de modo que lo debe imprimir y firmar.

