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4.3.2.1 ACCESO A LA FEM

CONDICIONES DE ACCESO A LA FEM

  • El inicio de la FEM requerirá tener cumplidos los dieciséis años y haber superado la formación en prevención de riesgos laborales impartida por los centros docentes (fase de formación en el centro).

Modelo estándar:
Primera estancia: tener superados todos los módulos profesionales identificados como "PRL" + IPE 1 o cumplir con las condiciones de promoción de primer a segundo curso, lo que ocurra primero.
Segunda estancia: evaluación positiva en la fase de centro de todos los módulos profesionales “PRL” e IPE1. Excepcionalmente, el equipo docente, decidirá si el estudiante está en disposición de acceder a la FEM para quienes tengan pendiente la superación de la fase de centro de uno o más módulos profesionales identificados como "PRL" de todo el ciclo formativo, incluyendo el módulo IPE1, cuya suma horaria sea igual o inferior a 8 horas semanales.
• Si se adelanta la programación de la primera o segunda estancia (estándar flexible), se considerará la fase de formación en centro que se haya completado hasta el momento.

Modelo estándar diferido:
Primera estancia diferida: Haber promocionado de 1º a 2º 

Segunda estancia: Se atenderá a las mismas condiciones establecidas en el modelo estándar.

Modelo concentrado:
Ambas estancias en 2º: Se regirán por las mismas condiciones establecidas para la FEM2 en el estándar.

Modelo en alternancia:
Primera estancia en el primer curso programada a partir del mes de enero, asegurando que haya cumplido con las actividades necesaria para alcanzar el:

  • RA6 del IPE en GB
  • RA2 del IPE1 en GM y GS

En cualquier otro momento de incorporaciónmodelo estándar, considerándose la fase de FEM que se haya completado hasta el momento.
El alumnado podrá incorporarse a este modelo de FEM hasta el mes de diciembre del segundo curso.

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